Este miércoles el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) venezolano en el exilio, entregó al subprocurador Jurídico y de Asuntos Internacionales de la Procuraduría General de México, Lic. Alberto Díaz Beltrán, copia certificada de la sentencia   que condena a Nicolás Maduro a 18 años y 3 meses de presidio por los delitos de corrupción  propia y legitimación de capitales, al tiempo que solicitó al organismo colaboración para la captura de Nicolás Maduro, quien usurpa el cargo de Presidente de la República.

El Magistrado Rommel Gil, ponente de la sentencia,  hizo entrega de la documentación acompañada de una carta en la que el TSJ legítimo solicita “se sirvan activar los mecanismos de la Justicia Internacional Transnacional conforme a la denominada Convención de Palermo” así como la incautación de “capitales o bienes producto de los delitos a que se refiere el fallo” que pudiesen encontrarse en México.  “Se exhorta a que se efectúe su determinación, congelación y posterior liquidación y devolución al Estado Venezolano conforme a los parámetros que oportunamente indique este Tribunal Supremo de Justicia”

La misiva concluye expresando “que ha sido notificada la International Criminal Police Organization (INTERPOL), sobre la  condena y orden de captura que pesa en contra de Nicolás Maduro”

Acá el documento textual:

 

Excelentísimo

Lic. Alberto Elías Beltrán.

Subprocuraduría Jurídica y de Asuntos Internacionales

Procuraduría General de la República

Estados Unidos Mexicanos

 

Expreso mi saludo respetuoso  en nombre propio y del cuerpo de magistrados que represento.

Mediante la presente se hace formal conocimiento de la sentencia publicada el 29 de octubre de 2018, por la Sala Plena de este Alto Tribunal en el juicio criminal seguido en contra del señor  Nicolás Maduro Moros, mediante el cual fue declarado culpable y condenado a 18 años y tres meses de prisión, por incurrir en delitos de corrupción propia y legitimación de capitales, previstos y sancionados en los artículos 64 y 35, de la Ley Contra la Corrupción y de la Ley Orgánica contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo, respectivamente. Asimismo, se le impuso una multa de Veinticinco Millones de Dólares Americanos ($25.000.000) y la orden de reponer al patrimonio de la República la cantidad de Treinta y Cinco Mil Millones de Dólares Americanos ($35.000.000.000).

Por efecto de la sentencia y de conformidad con lo establecido en el artículo 233 de la Constitución, se decretó la destitución definitiva de Nicolás Maduro Moros del cargo que actualmente usurpa como Presidente de la República Bolivariana de Venezuela. En razón de lo anterior, se ratificó el “vacío institucional” que existe constitucionalmente en el Poder Ejecutivo en Venezuela, por lo que conforme al Derecho Internacional Público, las reglas de contratación internacional y de Derecho Internacional Privado, se sugiere se adopten las previsiones y medidas correspondientes.

Asimismo le notificamos que con base en las pruebas que constan en el expediente, se sirvan activar los mecanismos de la Justicia Internacional Transnacional conforme a la denominada Convención de Palermo, y, así, ejercer las acciones y medidas que ella permite, según el caso, en atención al carácter de los delitos transnacionales cometidos. De igual manera, en caso de encontrarse en México capitales o bienes producto de los delitos a que se refiere el fallo, se exhorta a que se efectúe su determinación, congelación y posterior liquidación y devolución al Estado Venezolano conforme a los parámetros que oportunamente indique este Tribunal Supremo de Justicia.

Finalmente le informamos que ha sido notificada la International Criminal Police Organization (INTERPOL), sobre la  condena y orden de captura que pesa en contra de Nicolás Maduros Moros.

Sin más a que hacer referencia.

Mag. Miguel Ángel Martin Tortabú

Presidente