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Los demandantes deben contar con mínimo un año de estadía en el país, y en el caso de haber salido del territorio nacional, el lapso no debe ser mayor a 30 días

A partir del 3 de junio de 2016, según decreto ejecutivo No. 167, el Gobierno de Panamá estableció un nuevo proceso para legalizar el estatus migratorio de los extranjeros que hacen vida en el país. Atrás quedaba el denominado Crisol de Razas, que se creó bajo decreto ejecutivo No. 547 del 25 de julio de 2012.

El nuevo proceso comenzó a través de una cita on line en la página oficial www.migracion.gob.pa sin embargo, y tras una fuerte demanda que colapsó la evaluación, el organismo público decidió hacer un pre-registro para evaluar al postulante y asignarle posteriormente una citación.

“Tuve suerte de entrar al sistema sin problemas porque estaba colapsado. Hice mi registro en agosto y me asignaron cita para enero de 2017”, comentó José Ascanio, residente venezolano que ya culminó su proceso con éxito.

La historia de Ascanio no es igual a la de muchos extranjeros, que aún esperan por la asignación de la cita tras completar el pre-registro en la página oficial de Migración.

Para despejar algunas dudas del proceso, EV Panamá consultó al Servicio Nacional de Migración a través de un cuestionario:

¿Qué deben esperar las personas que hicieron el pre-registro?

Un correo que se les va a enviar en la dirección electrónica que administraron cuando hicieron el pre-registro.

¿Se les otorgará una cita a las personas que hicieron el pre-registro?

En su momento ese tema será anunciado por el presidente Juan Carlos Varela.

¿Ya hay una fecha estipulada para el anuncio?

No contamos con una fecha definida aún.

¿Cuáles son los requisitos que deben presentarse el día de la cita?

Los mismos que fueron establecidos en la creación del Decreto Ejecutivo 167 del 03 de junio del 2016. Los detalles los puede encontrar en nuestra página web www.migracion.gob.pa

¿En qué consiste la cita del personal de migración?

Sigue siendo una cita de atención. Con ese comprobante se le asigna un día para que venga a realizar el proceso de regularización.

¿El mismo día de la cita se le informa al entrevistado si fue aprobado su carnet?

Eso lleva un proceso; si el trámite fue aprobado se le envía un correo indicando la aprobación.

¿Por cuánto tiempo es aprobado el carnet de residencia?

Dos años como se establece en el Decreto Ejecutivo 167 del 03 de junio del 2016.

¿Una vez vencido el carnet se puede renovar?

En efecto, se puede renovar amparado por el Decreto Ejecutivo 169 del 22 de mayo del 2015.

¿Por cuánto tiempo se mantendrá este proceso de regularización migratoria?

El Decreto Ejecutivo 167 del 03 de junio del 2016, no establece una fecha de finalización.

¿Un postulante puede solicitar otra cita si es rechazado?

En realidad no podemos hablar de rechazar un trámite, las personas que presentaron documentación y no se les ha aprobado el proceso aún es por falta de documentos, que en su momento aportaron, pero por revisiones de forma y fondo no funcionan para el trámite. Les corresponde subsanar dichos documentos para poder darle continuidad al trámite.