Panamá cambió la normativa para la tramitación de permisos de trabajo.

El Ministerio de Trabajo (MITRADEL) informó que mediante el Decreto Ejecutivo No. 4 del 2 de marzo de 2023, actualizó la normativa que reglamenta los artículos 17, 18 y 19 del Código de Trabajo sobre la contratación de mano de obra extranjera en el país.

Los permisos de trabajo se han dividido en seis tipos:

1. Permisos de Trabajo que equivalen a mano de obra local: aquellos extranjeros que, de acuerdo a las regulaciones de la Ley, que son considerados con los mismos tratos que los nacionales por su condición y arraigo al país, sea por tener más de 10 años continuos en el país, por ser padres o madres de hijos panameños, casados con nacionales, etc.
2. Porcentajes Autorizados por el Código de Trabajo: que son los porcentajes de 10% de personal ordinario y 15% de personal especializado o técnico.
3. Leyes Especiales: aplicable a todas las disposiciones de regímenes empresariales o actividades económicas de empresas con regulaciones especiales (Empresas Multinacionales, Manufactureras, Cinematografía, etc.), siempre y cuando las disposiciones establezcan que necesitan permiso de trabajo.
4. Protección Humanitaria: para los casos de personas en condición de refugio o trámite de refugio, asilado, apartida o víctima extranjera de trata de personas. Incluyéndose por primera vez el reconocimiento de las personas apátridas (personas que no tienen registro de ninguna nacionalidad pero están en el territorio nacional)
5. Condiciones Especiales: que regula los permisos de trabajo de los extranjeros de países que mantienen relaciones amistosas o económicas con Panamá, Regularización Migratoria, Extranjeros Profesionales o estudiantes, y por primera vez un permiso de trabajo para trabajadores por cuenta propia o autoempleo.
6. Temporales: aplicable a los artistas internacionales, técnicos especializados y artistas de espectáculos nocturnos.

CONSULTA AQUÍ EL DECRETO OFICIAL, REQUISITOS Y CONDICIONES MITRADEL

IMPORTANTE

La nueva normativa estará vigente a partir del 1 de abril de 2023. Desde ese día solo se recibirán permisos de trabajo bajo las nuevas disposiciones del Decreto 4 de 2023.