Nota de prensa de @migracionpanama
El Servicio Nacional de Migración hace del conocimiento de sus usuarios, que el periodo de excepción y validez de los permisos y carnés vencidos termina el próximo miércoles 30 de junio de 2021.
Los términos y multas por vencimiento de carné de permisos en trámite, carné de permisos provisionales, visas de no residentes, carné de regularización migratoria, carné de estadía judicial y estadías en calidad de turismo; empezarán a correr desde el 1 julio del año en curso.
Por otro lado, el 30 de junio de 2021, también culmina el periodo en que los residentes permanentes, que se encuentran fuera del territorio nacional, puedan permanecer así, sin que esta situación conlleve a la sanción estipulada en el Artículo 31, Numeral 3, del Decreto Ley No. 3 de 22 de febrero de 2008.
Así mismo, se reconocen como vigente los certificados de nacimiento y certificados de matrimonio, previamente expedidos y que hayan expirado durante el periodo comprendido entre el día 13 de marzo al 31 de enero de 2021. Esta vigencia o reconocimiento se mantendrá igualmente hasta el 30 de junio de 2021.
ALARMAS ENCENDIDAS
A pesar de que las entidades bancarias que operan en el país han hecho un llamado a la calma porque seguirán ofreciendo opciones a sus usuarios, se hace inevitable que este tema de la moratoria esté en la palestra.
El alivio financiero que anunció el Gobierno a raíz de la pandemia, llega a su fin. ¿Qué viene ahora? ¿Cuántas realidades diferentes? ¿Preocupación es todos los sectores?
En la Secretaría General de la Asamblea reposa el anteproyecto de ley 277, presentado por los diputados Zulay Rodríguez y Jairo Bolota, que busca extender esta moratoria hasta el 31 de diciembre 2021. Nada concreto hasta ahora.
?Migración Panamá, por su parte, anunció este lunes 14 de junio que a partir del 1 de julio del presente año, comenzará a cobrar multas por vencimiento de permisos. La decisión incluye:
✔Términos y multas por vencimiento de carné de permisos en trámite
✔Carné de permisos provisionales
✔Visas de no residentes
✔Carné de regularización migratoria
✔Carné de estadía judicial
✔Estadías en calidad de turismo
➖El 30 de junio de 2021, también culmina el periodo en que los residentes permanentes, que se encuentran fuera del territorio nacional, puedan permanecer así, sin que esta situación conlleve a la sanción estipulada en el Artículo 31, Numeral 3, del Decreto Ley No. 3 de 22 de febrero de 2008.
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