PRENSA FUNDACIÓN LIBERTAD

Las medidas impuestas a raíz de la crisis sanitaria por COVID-19 han traído consigo una serie de retos a las garantías constitucionales de la ciudadanía y existe la preocupación entre organizaciones de la sociedad civil en cuanto a los precedentes que estas medidas puedan sentar en el futuro.

Para Fundación Libertad, la forma en que se han emitido estas restricciones carece de validez jurídica, ya que estas se han dado a través de decretos ejecutivos y no a través de los mecanismos especificados en la Constitución para este fin, lo que constituye una violación a la Carta Magna de Panamá.

“Sabemos que es una situación compleja y sin precedentes, pero es vital para la protección de los ciudadanos que el gobierno actúe dentro del marco constitucional pidiendo la colaboración de los ciudadanos y tomar medidas sanitarias estrictas, sin transgredir las garantías constitucionales,” dijo Roberto Brenes, Representante Legal de Fundación Libertad.

“Desde Fundación Libertad, buscamos transparencia y consenso en cuanto a las decisiones que nos impactan a todos y educar a la población de sus derechos y responsabilidades.”

Desde la promulgación de la Resolución de Gabinete No. 11 del 13 de marzo de 2020, donde se declaró formalmente el Estado de Emergencia, con fundamento en el artículo 79 de la Ley de Contrataciones Públicas, y no en el artículo 55 de la Constitución, se han implementado una serie de controles que suspenden el libre tránsito, la reunión pacífica, así como el ejercicio de las profesiones, generando múltiples afectaciones económicas y jurídicas a todos los panameños.

Estas restricciones constituyen una extralimitación de funciones por parte del Órgano Ejecutivo, puesto que no se siguió el procedimiento requerido por la Constitución Política para suspender estas garantías.

“Estas medidas crean un precedente de que solo con un decreto, el Ejecutivo pueda ordenar cierres de empresas y confinar poblaciones,” dijo Brenes. “La violación de las libertades constitucionales crea un precedente nefasto para la democracia y deja a los ciudadanos indefensos ante futuros abusos de poder.”

Desde marzo hasta la fecha, se han presentado más de 10 acciones legales ante la Corte Suprema de Justicia en contra de distintos decretos emitidos por el Ejecutivo. Dentro de toda la controversia sobre el proceder legal de los órganos del Estado, se presenta la disyuntiva entre la protección de la salud, la cual es la intensión de estos decretos, y la reactivación económica, así como la restitución de más de 230,000 contratos a trabajadores en todo el país.

En esa línea, Fundación Libertad indica que ninguna de las normas enumeradas como fundamento de derecho señalan una facultad expresa al ejecutivo, Ministerio de Salud u otra Autoridad para limitar o suspender las garantías fundamentales, al margen de las normas internas.

Por ejemplo, el Decreto Ejecutivo No. 490 del 17 de marzo de 2020, señala entre sus fundamentos de derecho al Código Sanitario, sin embargo, sus numerales 9 y 10 del Artículo 85 se refieren específicamente a la cuarentena de personas contagiadas, en caso de epidemias.

A criterio de Fundación Libertad, las medidas impuestas por el Minsa están desvinculadas de la realidad de los panameños que deben trabajar para llevar el pan a su casa y las ayudas sociales no son cónsonas con la dignidad de sus beneficiarios, por lo que es crucial agilizar los procesos para permitir la reactivación de las actividades económicas y que la gente pueda volver a trabajar.