El Servicio Nacional de Migración (SNM) reitera a sus usuarios que los permisos o estadías que hayan vencido dentro del período del 13 de marzo de 2020 hasta el 30 de junio de 2021 no generan multas por vencimiento dentro de ese período. Es importante destacar que el cómputo de las multas por estadías vencidas, se realizará a partir del 1 de julio de 2021.
Los trámites que se extendieron incluyen los carnés de permisos provisionales por trámite migratorio ya sea por 6 o 3 meses, los permisos provisionales por 10 años, visas de no residentes, carnés de regularización migratoria y visas en calidad de turistas. .
Al extenderse la vigencia de estos permisos, el período de seis (6) meses, contados a partir del vencimiento del correspondiente permiso, ya sea por residente temporal o permiso provisional de residente permanente, para la presentación de las solicitudes de renovación del trámite, se contabilizarán a partir del próximo jueves 1 de julio de 2021, ello en atención a lo establecido en Resolución N°15703 de 24 de agosto de 2012.