El Servicio Nacional de Migración, SNM, comunica que mediante la Resolución 7531 de 15 de mayo del 2020, se ordena extender, hasta el 31 de mayo del presente año, la vigencia a los permisos de residencia de extranjeros, que vencieron a partir del 13 de marzo de 2020.
Esta Resolución dictamina que los trámites, a los que se les extiende la vigencia hasta el 31 de mayo, incluyen: el carné de permisos en trámite, carné de permisos provisionales, visas de no residentes, Carné de Estadía Judicial, carné de regularización migratoria y estadía en calidad de turismo.
Así mismo se suspenden todos los términos de procesos y actuaciones que se gestionan ante el SNM y sus sedes regionales en todo el territorio nacional, hasta el 31 de mayo de 2020. También se ordena la suspensión de la atención al público en la sede principal del SNM en la ciudad capital, así como en sus sedes regionales en todo el país hasta este 31 de mayo de 2020.
*El SNM reitera que las personas cuyos permisos se hayan vencido, durante este periodo, no tendrán que pagar multas, por la extensión de la vigencia de su documento.* *Igualmente, una vez se levante la medida, se les considerará un tiempo adicional para que puedan presentar sus documentos.*
Esta Resolución establece, además, que solo se permitirá el ingreso al territorio nacional de vuelos humanitarios y aquellos necesarios para transportar cargas y productos, equipos médicos-hospitalarios, medicamentos, vacunas y cualquier otro insumo de salud pública para afrontar la pandemia del Covid-19.
Según indica la referida Resolución, este periodo podrá ser prorrogado según lo dispongan las autoridades sanitarias del país y la evolución del Estado de Emergencia Sanitaria por el Covid-19.