El gobierno panameño, a través de gaceta oficial, modificó el pasado 31 de agosto los requisitos para el otorgamiento de Licencias de Sede de Empresa Multinacional. En la Resolución N.- 19 – 17 los extranjeros profesionales podrán ejercer en Panamá con el diploma debidamente apostillado de su país sin necesidad de pasar por juntas técnicas.
«Se entiende por profesional universitario idóneo aquella persona que demuestre haber obtenido un titulo universitario a nivel de pregrado (licenciatura o equivalente), postgrado (Magister o equivalente) o doctorado (PhD) y ue cuenta con la idoneidad para su ejercicio conforme a la legislación del país donde obtuvo dicho título», dice la resolución.
De esta manera, gracias a las visas SEM, empresas transnacionales podrán tener mayor facilidad para traer talento humano necesitado para el funcionamiento de las mismas en el istmo.
Por su parte, el Ministerio de Comercio e Industrias aclaró que los nuevos requisitos los debe cumplir la empresa multinacional que establezca Panamá como sede, pero no afectará el ejercicio de las profesiones restringidas en el país.
«El MICI reafirma categóricamente su compromiso en respetar las leyes laborales vigentes de la República de Panamá y en consecuencia no negociará el ejercicio de las profesiones reservadas para los panameños, ni la contratación de extranjeros en estas profesiones en el territorio nacional».