Hasta el 31 de diciembre se extiende el plazo de esta medida, que permite a los residentes extranjeros, renovar su permiso de trabajo prescindiendo del requisito que la ficha del Seguro Social refleje un mínimo de nuevo cuotas en los últimos doce meses o de la presentación de la declaración de rentas ante la Dirección General de Ingresos, según el decreto ejecutivo número 69 del 14 de septiembre de 2021, ya publicado en Gaceta Oficial.
El decreto también explica, que se extiende hasta el 31 de diciembre de 2021 la vigencia documental de las planillas de la Caja del Seguro Social correspondiente a los meses de febrero y marzo 2020, exclusivamente para que sean aportadas como prueba dentro de la solicitud y prórroga de los permisos de trabajo.