La alcaldía de Panamá, con el deber que le corresponde, dicta ciertas medidas que garanticen la seguridad de la ciudadanía, para que puedan disfrutar en armonía de los actos cívicos y patrióticos en homenaje a la Patria. En ese sentido mediante el Decreto Alcaldicio número 21-2017 de 25 de octubre de 2017 prohíbe la venta y consumo de bebidas alcohólicas en la ruta establecida para los desfiles patrios durante los días 3 y 4 de noviembre, así como los ubicados en las áreas aledañas al mismo.

El ejercicio de la buhonería, durante los días 3 y 4 de noviembre, en las zonas de los desfiles, requiere de permiso especial expedido por la Alcaldía de Panamá, previa coordinación con el Ministerio de Educación en cuanto a la asignación de espacio. Las personas que no cuenten con el permiso serán sancionadas y se ordenará el retiro del área de los desfiles y la retención de la mercancía.

Se prohíbe el uso de fogones y tanques de gas a lo largo de la ruta del desfile.

Para las actividades que generen ruido de manera temporal, emitidos por equipos de sonido y audio, con motivo de las fiestas patrias se establece el siguiente horario especial:

  1. Actividades de carácter comercial, recreativo, social o benéfico que genere ruido de manera temporal, viernes 3 y sábado 4 de noviembre, entre las 6 de la mañana y las 4 de la tarde; domingo 5 de noviembre entre las 6 de la mañana y las 3 de la tarde; viernes 10 de noviembre entre las 6 de la mañana a las 11:59 de la noche; martes 28 de noviembre entre las 5 de la mañana a las 11:59 de la noche.
  2. Celebraciones, reuniones o actividades familiares, recreativas o sociales que generen ruido temporal, viernes 3 y sábado 4 de noviembre entre las 6 de la mañana a las 12 de la madrugada; domingo 5 de noviembre entre las 6 de la mañana a las 11:59 de la noche; viernes 10 de noviembre entre las 6 de la mañana a las 11:59 de la noche; martes 28 de noviembre entre las 6 de la mañana a las 11:59 de la noche.El anterior horario no se aplica a las dianas que se realicen para rendir tributo a la Patria, siempre y cuando no empleen ninguna clase de equipos de audio y sonido para generar ruido.

Las dianas que se organicen en locales o establecimientos comerciales o en espacios públicos deben contar con el permiso de la Alcaldía de Panamá. Las personas que organicen dianas sin contar con el permiso serán sancionadas y se procederá a la suspensión inmediata de la actividad.

La alcaldía de Panamá faculta a las corregidurías de turno (Curundú, Pueblo Nuevo y Tocumen), los días 3 y 4 de noviembre, a la Policía Nacional, a los Inspectores Municipales y Vigilantes Municipales para el efectivo cumplimiento de las normas establecidas en el Decreto número 21-2017 de 27 de octubre de 2017.

Están habilitados los corregidores de Pedregal, Chilibre, Las Mañanitas y Pacora el día 3 de noviembre y los corregidores de Betania, Ernesto Córdoba Campos, San Felipe y Calidonia el día 4 de noviembre en horario de 9 de la mañana a 6 de la tarde para coadyuvar en la conservación del orden público en la ruta de los desfiles.